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Residencia fiscal en Uruguay: cómo se obtiene y qué beneficios tiene

Respuesta cortaSe puede ser residente fiscal en Uruguay por permanecer más de 183 días en el año, por tener aquí la familia, por generar aquí la mayor parte de los ingresos o por inversión. Una de las opciones es invertir más de 3.500.000 UI en inmuebles comprados desde el 1° de julio de 2020 y estar al menos 60 días al año en el país. Los nuevos residentes pueden elegir un régimen especial para sus rentas de capital del exterior.

Información general según la DGI. La residencia fiscal tiene efectos en tus impuestos aquí y en tu país de origen: definila siempre con un contador.

La residencia fiscal define en qué país pagás impuestos a la renta. No es lo mismo que la residencia legal (el permiso para vivir en Uruguay), que se tramita aparte ante Migración; la explicamos en Residencia legal en Uruguay.

Las cuatro formas de ser residente fiscal

Según la DGI, una persona es residente fiscal en Uruguay si se cumple cualquiera de estas causales.

1 · Permanencia física: más de 183 días

Permanecer más de 183 días en el año civil en el país. Cuentan los días con presencia física efectiva, y también las ausencias esporádicas (de hasta 30 días seguidos), salvo que se acredite residencia fiscal en otro país.

2 · Intereses vitales

Tener en Uruguay, en forma habitual, al cónyuge (no separado legalmente) o a los hijos menores a cargo.

3 · Base principal de actividades

Generar en Uruguay más ingresos que en cualquier otro país.

4 · Intereses económicos: inversión

Cualquiera de estas cuatro:

Opción Inversión Condición adicional
a Inmuebles por más de 15.000.000 UI
b Más de 45.000.000 UI en proyectos declarados de interés nacional (Ley 16.906)
c Inmuebles por más de 3.500.000 UI, comprados desde el 1° de julio de 2020 Estar al menos 60 días en el año en Uruguay
d Más de 15.000.000 UI en empresas creadas desde el 1° de julio de 2020 Que generen al menos 15 puestos de trabajo nuevos, de tiempo completo

Los montos en UI se valoran al 31 de diciembre de cada año. El valor de la Unidad Indexada lo publica el Instituto Nacional de Estadística.

Cómo se acredita la inversión en inmuebles

Con un certificado notarial que indique el precio y la fecha de compra, la procedencia de los fondos y la descripción de los padrones. El escribano también certifica que, al 31 de diciembre del año, el inmueble seguía en tu patrimonio. Con eso se pide a la DGI el certificado de residencia fiscal.

El beneficio para nuevos residentes

Quien se hace residente fiscal en Uruguay desde 2020 puede elegir, una sola vez, cómo tributan sus rentas de capital del exterior (intereses, dividendos):

  • no pagarlas en Uruguay durante el año en que se hace residente y los diez años siguientes (tributando por el IRNR, que no grava esas rentas); o
  • pagar IRPF al 7% sobre esas rentas, sin límite de tiempo (en lugar del 12%).

Si estás pensando en comprar para hacerte residente

La opción de 3.500.000 UI con 60 días de estadía es la más usada por quienes compran una propiedad para instalarse. Antes de elegir la propiedad conviene coordinar con el escribano y el contador, para que la compra quede documentada como exige la DGI.

Preguntas frecuentes

¿Comprar una propiedad me hace residente fiscal?

Puede hacerlo si la inversión en inmuebles supera 15.000.000 UI, o si supera 3.500.000 UI en inmuebles comprados desde el 1° de julio de 2020 y además estás al menos 60 días en el año en Uruguay.

¿Residencia fiscal y residencia legal son lo mismo?

No. La residencia fiscal define dónde pagás impuestos y la otorga la DGI. La residencia legal es el permiso para vivir en el país y la tramita la Dirección Nacional de Migración.

¿Qué es el tax holiday para nuevos residentes?

Quien se hace residente fiscal desde 2020 puede optar por no pagar impuesto sobre sus rentas de capital del exterior (intereses, dividendos) durante el año del cambio y los diez siguientes, o por pagar IRPF al 7% sobre esas rentas sin límite de tiempo. La opción se ejerce una sola vez.

¿Cómo se acredita la inversión inmobiliaria?

Con un certificado notarial que indique el precio y la fecha de compra, el origen de los fondos y los padrones, y que al 31 de diciembre del año el inmueble seguía siendo tuyo.

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Fuentes

  • DGI, Causales de residencia fiscal (gub.uy/direccion-general-impositiva) · consultado el 22/09/2026
  • DGI, Tax holidays: opción para nuevos residentes fiscales en Uruguay · consultado el 22/09/2026
  • Ley N° 19.904, del 18/09/2020 (IMPO)
  • Decreto N° 148/007 (IMPO)

Información general. No sustituye el asesoramiento de un escribano o un contador para cada caso. Ignacio Brañas trabaja hace más de 10 años en el sector inmobiliario en Montevideo.

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